Jubilado de la función pública en Andorra: pensión gravada en Francia
- Actualizado el
- La rédaction
La respuesta en breve
La pensión de un antiguo funcionario, militar o agente público francés sigue en principio gravada en Francia aunque resida en Andorra (artículo 18.2). Existe una excepción para quien reside en Andorra, tiene su nacionalidad y no tiene la nacionalidad francesa. Por tanto, la ganancia fiscal de una instalación es limitada.
La regla
Sujetos a imposición únicamente en el Estado que los paga, salvo que el beneficiario resida en el otro Estado y tenga su nacionalidad sin tener la del Estado pagadorverificado el 09/10/2026Quién está afectado
- Funcionarios del Estado, territoriales y hospitalarios.
- Militares y asimilados.
- Pensiones pagadas por un Estado, una entidad pública o una persona jurídica de derecho público por servicios prestados.
Qué cambia
| Situación | Tributación de la pensión pública |
|---|---|
| Residente en Andorra de nacionalidad francesa | En Francia (art. 18.2.a) |
| Residente en Andorra de nacionalidad andorrana sin nacionalidad francesa | En Andorra (art. 18.2.b) |
| Pensión del sector privado | Consulte pensión privada |
Pensión mixta
Un jubilado que ha cotizado en el sector privado y en el público suele percibir pensiones de naturaleza distinta: cada pensión sigue su regla. Haga que sus cajas establezcan el desglose antes de decidir.
El texto, artículo por artículo
Según el artículo 18.2 del convenio, las pensiones pagadas por un Estado contratante, una entidad pública o una persona jurídica de derecho público, directamente o mediante cargo a fondos que hayan constituido, por servicios prestados a ese Estado, solo son imponibles en ese Estado. Solo son imponibles en el otro Estado si el beneficiario es residente de este y posee su nacionalidad sin poseer la del Estado pagador.
Un ejemplo
Un funcionario francés jubilado de nacionalidad francesa que se instala en Andorra: su pensión pública sigue siendo imponible en Francia, porque posee la nacionalidad del Estado pagador. Un jubilado de nacionalidad andorrana sin nacionalidad francesa que vive en Andorra y recibe una pensión pública francesa sería, en cambio, imponible en Andorra.
Las pensiones de actividad industrial o comercial
Cuando la pensión está vinculada a una actividad empresarial industrial o comercial ejercida por un Estado o una entidad pública, se aplican las normas de las pensiones privadas: consulte jubilaciones: el convenio.
La cláusula que conviene conocer además
El artículo 25.1.c permite al otro Estado gravar la fracción de una pensión que está exenta o no es imponible en el Estado al que se atribuye la imposición. El artículo 25.1.d permite a Francia gravar a sus nacionales residentes en Andorra como si el convenio no existiera, cuando su legislación lo permite. Consulte residencia fiscal y riesgos.
Antes de marcharse
- Identificar quién paga la pensión (Estado, entidad pública, caja de derecho privado).
- Comprobar su nacionalidad y la del pagador.
- Hacer validar la tributación por un asesor antes de trasladar su residencia.
Calcule su caso
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Preguntas frecuentes
¿Puede un funcionario jubilado instalarse en Andorra?
Sí, pero su pensión pública sigue en principio gravada en Francia.
¿Y la pensión de viudedad?
Sigue la naturaleza de la pensión de origen: haga calificar el pago.
¿Afecta a los ingresos complementarios?
Las pensiones privadas y las rentas del capital siguen sus propias normas: consulte las demás páginas.
Para ir más lejos
Fuentes oficiales
Esta información es general y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal o financiero personalizado. Está verificada a la fecha indicada y puede cambiar.
