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Andorimo, inmobiliaria y creación de sociedades en Andorra

IRPF en Andorra: el impuesto sobre la renta de los residentes explicado

La respuesta en breve

El IRPF andorrano aplica un tipo único de 10 % tras un mínimo personal exento de 24.000 €. Una bonificación del 50 % de los ingresos de actividad, limitada a 800 €, reduce el impuesto efectivo sobre los primeros ingresos imponibles.

El principio en dos líneas

El IRPF se basa en un tipo único del 10 %verificado el 09/10/2026 (art. 43), aplicado a las bases de renta general y del ahorro. Dos mecanismos reducen el impuesto real: el mínimo personal exento y la bonificación.

ElementoValor verificado
Tipo10 %verificado el 09/10/2026
Mínimo personal exento (base general)24.000 €verificado el 09/10/2026
Mínimo si el cónyuge no tiene ingresos40.000 €verificado el 09/10/2026
Mínimo exento sobre el ahorro3000 €verificado el 09/10/2026
Bonificación sobre los ingresos de actividad50 %verificado el 09/10/2026 del importe de impuesto calculado
Límite de la bonificación800 €verificado el 09/10/2026
Umbral de residencia fiscalmás de 183 díasverificado el 09/10/2026 al año

Cómo se calcula el impuesto

  1. Se parte de la base general (salarios, ingresos de actividad, rentas inmobiliarias).
  2. Se resta el mínimo personal (art. 35).
  3. Se aplica el tipo del impuesto (10 %verificado el 09/10/2026).
  4. Para los ingresos del trabajo, de actividad económica o inmobiliarios, se aplica la bonificación (50 %verificado el 09/10/2026), con el límite de 800 €verificado el 09/10/2026.

Ejemplo pedagógico

Unos ingresos anuales de 50 000 € para una persona sola:

EtapaImporte
Base tras el mínimo personal de 24 000 €26 000 €
Impuesto al 10 %2 600 €
Bonificación (50 %, limitada a 800 €)− 800 €
Impuesto a pagar1 800 €, es decir, el 3,6 % de los ingresos

Los importes de este ejemplo son hipótesis de cálculo: recogen los valores de la tabla anterior y deben recalcularse si estos cambian.

Lo que no hay que olvidar

  • El IRPF solo se aplica si usted es residente fiscal andorrano. Véase presencia efectiva.
  • Si Francia le sigue considerando domiciliado, ambos Estados pueden reclamar el impuesto. Véase convenio Francia-Andorra.
  • Las cotizaciones sociales se suman al impuesto: véase salud y seguro.

Calcule su caso

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo del impuesto sobre la renta en Andorra?

El tipo del IRPF es del 10 % (artículo 43 de la Llei 5/2014). Se aplica tras un mínimo personal de 24.000 € y una bonificación del 50 % limitada a 800 €.

¿A partir de cuántos días se es residente fiscal en Andorra?

La ley tiene en cuenta, entre otros criterios, una presencia de más de 183 días en el año natural. Las ausencias ocasionales se cuentan, salvo prueba de residencia fiscal en otro país.

¿Tributan las rentas del ahorro?

Sí, con el mismo tipo, tras un mínimo exento de 3000 € sobre la base del ahorro.

¿Qué ocurre con el umbral si el cónyuge no tiene ingresos?

El mínimo personal puede alcanzar 40.000 € cuando el cónyuge o pareja estable no percibe ningún ingreso de la base general.

¿Sustituye el IRPF al impuesto francés?

Solo si ya no tiene su domicilio fiscal en Francia. Ambos conceptos son distintos; véase la página sobre el domicilio fiscal.

Para ir más lejos

Fuentes oficiales

Esta información es general y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal o financiero personalizado. Está verificada a la fecha indicada y puede cambiar.

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