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Andorimo, inmobiliaria y creación de sociedades en Andorra

Revender un inmueble en Andorra antes de 2 años: recargo por especulación

La respuesta en breve

Vender un inmueble antes de 2 años desde la compra conlleva el tipo más alto: 15 % de la ganancia, incluido el recargo especulativo de 5 %. El mismo tipo se aplica a residentes y no residentes.

El principio

Una reventa antes de 2 añosverificado el 09/10/2026 se considera especulativa. El tipo total es de 15 %verificado el 09/10/2026, de los cuales un recargo de 5 %verificado el 09/10/2026 sobre la ganancia.

Por qué cuentan unas pocas semanas

La fecha de inicio del plazo es la de la adquisición. Si duda en vender poco antes del segundo aniversario, compare el impuesto que se debe hoy con el que se debería unas semanas más tarde.

Comparar dos fechas de venta

Los casos frecuentes

Cómo se compone el tipo

El tipo total de 15 %verificado el 09/10/2026 para una venta antes de dos años incluye el recargo de 5 %verificado el 09/10/2026 aplicado a toda la ganancia. Un inmueble vendido pasados los dos años pasa, para un residente, al tipo de 10 %verificado el 09/10/2026 y después disminuye con el tiempo. Unos pocos días de diferencia pueden así cambiar notablemente el importe debido.

Un ejemplo con cifras

Para una ganancia de 80 000 euros, la venta antes de dos años cuesta 15 %verificado el 09/10/2026 de la ganancia, es decir, 12 000 euros, frente a 10 %verificado el 09/10/2026, es decir, 8 000 euros, justo después del segundo aniversario. La diferencia es de 4 000 euros por unos pocos días.

Las preguntas que conviene hacerse

  1. ¿Cuál es la fecha exacta de inicio del plazo? Corresponde a la adquisición: compruébela en la escritura.
  2. ¿Puede esperar el comprador? Se puede firmar una promesa de venta antes, con la escritura después.
  3. ¿Está completo el cálculo? Las inversiones y mejoras justificadas reducen la ganancia.

Vender antes de dos años siendo no residente

El tipo de 15 %verificado el 09/10/2026 también se aplica: consulte vender como no residente. Si el inmueble pertenece a una sociedad, consulte vender las participaciones de una sociedad inmobiliaria.

Calcule su caso

Simuladores gratuitos, construidos sobre los valores oficiales de esta página.

Preguntas frecuentes

¿Se aplica el recargo a los no residentes?

Sí: antes de 2 años, el mismo tipo total se aplica a residentes y no residentes.

¿Cómo se cuenta el plazo de dos años?

Desde la fecha de adquisición hasta la fecha de la venta. Pida a su notario que confirme las fechas aplicadas.

¿Se puede evitar este recargo?

Aplazando la venta más allá del plazo, si el mercado y su situación lo permiten. No debe fraccionarse artificialmente la operación.

Para ir más lejos

Fuentes oficiales

Esta información es general y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal o financiero personalizado. Está verificada a la fecha indicada y puede cambiar.

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